Para la Unión Europea, la sostenibilidad se ha convertido en una de las prioridades a cumplir por los países miembros. De ahí que, en España, el 12 de febrero de 2016 se aprobara el Real Decreto 56/2016 para trasponer la Directiva 2012/27/UE, una medida que, según explicaba el Ministerio de Industria, estaba encaminada a “impulsar el ahorro y la eficiencia energética contribuyendo de manera decisiva a alcanzar los objetivos de la Unión Europea”.

Desde entonces, se han realizado cerca de 23.400 auditorías energéticas, de las cuales el 20% pertenece al sector Industria, el 15% a los Establecimientos comerciales, el 5% a la Construcción y el 60% al resto de empresas de servicios.

Sin embargo, a pesar de tratarse de una normativa gubernamental, en su momento generó cierta preocupación en el sector por el escaso margen temporal para presentar las certificaciones y por las dudas legales sobre qué requisitos debían cumplir las firmas para pasar por decreto la auditoría, que se debe renovar con una periodicidad de cuatro años. Por lo tanto, 2020 es la primera fecha de renovación desde que se implantara por primera vez la medida.

¿Qué hay que saber?

Según el Real Decreto, aquellas empresas o grupos de sociedades que no sean PYME, de más de 250 empleados o con un volumen de facturación mayor de 50 millones y un balance general mayor de 43 millones de euros, están obligadas someterse a una auditoría energética, y presentarlo a la administración correspondiente en un plazo de 3 meses. El examen de verificación se realiza sobre la actividad empresarial, independientemente del número de emplazamientos en los que se desarrolle dicha actividad.

El objetivo de la misma es analizar al menos el 85% del consumo total de energía final de la actividad y reducirlo, así como estudiar dónde y cómo se consume la energía, y establecer un plan de mejora para conseguir un ahorro energético.

Para llevarla a cabo, las compañías tienen dos opciones. Por un lado, implantar un sistema de gestión energética o ambiental, según la ISO 50001 o la ISO 14001, siempre que el sistema de gestión incluya una auditoría energética que cumpla los requisitos establecidos en el Real Decreto. Esta opción está indicada para empresas con cultura de sistemas de gestión y que además quieran ofrecer una imagen de compromiso en la lucha contra el cambio climático.

Contratar los servicios de una entidad independiente homologada, como es el caso de TÜV Rheinland, es garantía de calidad, que ofrece una experiencia y profesionalidad probada con disminución de hasta un 30% de energía para la industria, el sector servicios e instituciones públicas. Además, dentro de las auditorias de cumplimiento reglamentario, también ofrece servicios en Instalaciones Térmicas (RD 1027/2007), auditorías en Alumbrado Exterior (RD 1890/2008) y Certificado de Eficiencia Energética en Edificios (RD 235/2013).

Según Jessica España, Responsable Técnico de Eficiencia Energética en TÜV Rheinland, “En TÜV Rheinland apostamos por auditorías de calidad, recordando la necesidad de cumplir con el artículo 3 del Real Decreto, en el cual indica que las auditorías deben estar basadas en datos medibles, deben de ser proporcionadas a su alcance y los cálculos deben mostrar una imagen fiable del rendimiento energético que permitan identificar las oportunidades de mejora. Por lo tanto, realizar estas auditorías basándose únicamente en las facturas o indicadores no sería suficiente”.

En ese sentido, “TÜV Rheinland dispone de auditores especializados en diferentes campos que podrán ofrecer, de manera fiable, las oportunidades de mejora más significativas ayudándole a conseguir sus objetivos de eficiencia energética, además de acompañarle en el cumplimiento de esta normativa”.