El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, MITERD​,​ ha publicado recientemente la Orden TED/815/2023, que desarrolla el Real Decreto 36/2023 que estableció un sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) y en el que se exige la acreditación por parte de ENAC de los verificadores de ahorro energético.

 

La figura del verificador de ahorro energético, en el marco del sistema de CAE, es la encargada de comprobar que la documentación presentada por los sujetos obligados, las empresas obligadas o sus delegados para evidenciar los ahorros energéticos conseguidos sobre el ahorro de energía obtenido por la ejecución de una o varias actuaciones de eficiencia energética, es acorde a la normativa y que el ahorro declarado es veraz para, así, determinar si se encuentran en disposición de obtener los Certificados de Ahorro Energético (CAE).

 

​​​En la Orden, el MITERD establece las condiciones específicas que deben cumplir las entidades que deseen actuar como verificadores de ahorro energético y que deberán estar acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).  

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Con este fin, ENAC, a instancias de la Dirección General de Política Energética y Minas del MITERD y siguiendo las directrices marcadas por ésta, ha elaborado un esquema de acreditación (RDE-33) que toma como referencia las normas UNE-EN ISO/IEC 17029:2019 y UNE-EN ISO/IEC 14065:2020 y que está ya disponible en la página web de ENAC.

 

Las entidades que estén interesadas en obtener esta acreditación ya pueden solicitarla en la página web de ENAC. ​   ​